Luego de tres o cinco años (según si ha constituido familia o no) de haber obtenido la residencia se puede solicitar la ciudadanía uruguaya y obtener el pasaporte urugayo.
I) DOCUMENTOS NECESARIOS: a) Testimonio de partida de nacimiento inscripta en el Registro de Estado Civil. b) Testimonio de partida de matrimonio extranjera apostillada e inscripta en el Registro de Estado Civil. c) Certificado de Migración con los movimientos migratorios de los últimos tres años y Certificado de Residencia Permanente. d) Documentos públicos o privados que demuestren que el solicitante ha residido en el país durante los últimos tres o cinco años (Facturas de UTE; Antel, etc) e) Arraigo: En general se prueba mediante todo documento público que acredite el ejercicio de la profesión de una ciencia arte o industria o ser dueño de bienes o capitales en giro. f) Movimientos bancarios g) Certificado de Buena conducta del país de origen. h) Certificado médico con historial clínico, con firmas certificadas por Escribano. i) Pasaporte de origen. |
II) EL PROCESO Se realiza ante la Corte Electoral en dos audiencias. La documentación no debe tener una fecha de más de un mes antes de la primer audiencia. Una vez concedida se le extiende la Carta de Ciudadanía. Transcurridos 3 años de otorgada la Ciudadanía Legal deberá presentar la Carta de Ciudadanía para solicitar la inscripción en el Registro Cívico Nacional para obtener la Credencial Cívica. |
III) NUESTROS SERVICIOS
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